En el Impuesto sobre el IRPF de este año se pueden deducir distintas inversiones realizadas en nuestra vivienda o comunidad de propietarios siempre que las obras signifiquen una mejora de la eficiencia energética.
Para la presente campaña de la Renta 2021, se han aprobado nuevas deducciones y bonificaciones en el IRPF por obras de rehabilitación de tu comunidad de propietarios. Se tratan de bonificaciones en las obras de reformas que signifiquen mejoras de la eficiencia energética de viviendas y de edificios residenciales, es decir de las comunidades de propietarios.
Estas nuevas deducciones y ayudas van destinadas a las siguientes reformas:
A) Para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración: la deducción será del 20% de las cantidades satisfechas para estas reformas durante el periodo del 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2022. El límite anual de deducción es de 5.000 euros.
En este supuesto se requiere que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos el 7% de la demanda de calefacción y refrigeración.
B) Para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable: La deducción será del 40% de las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2022. El límite máximo de deducción es de 7.500 euros.
Este supuesto requiere que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos el 30% de energía primaria no renovable.
Es importante señalar que las deducciones se aplicarán en el periodo impositivo en el que se expida en correspondiente certificado energético acreditativo de las reducciones exigidas.
C) Para obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominante residencial: La deducción será del 60% de las cantidades satisfecha desde el 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2022. El un límite máximo es de 5.000 euros anuales. En este supuesto las cantidades satisfechas no deducibles se podrán deducir en los cuatro ejercicios siguientes con el mismo límite anual, con un máximo total de 15.000 euros.
Para más información y detalles, podéis consultar la Ley del IRPF disp.adic.13ª.3.g y 50ª según redacción RDL 19/2021 art.1.uno y dos (BOE 6-10-21).
DEDUCCIONES AUTONÓMICAS EN CATALUÑA:
Además de las deducciones estatales indicadas en materia de reformas de la vivienda habitual, que son la novedad, cada comunidad autónoma ofrece un conjunto de posibles deducciones que es conveniente conocer. En el caso de Cataluña, la Generalitat ofrece para la presente campaña de la renta las siguientes posibilidades:
- Respecto a la vivienda habitual, destacan las deducciones por alquiler de vivienda habitual en ciertas situaciones y del 1,5%, con un máximo de 9.040 euros, por rehabilitación de vivienda habitual.
- Respecto a las deducciones en el campo familiar: 150 euros por nacimiento o adopción de un hijo; 300 euros por declaración conjunta, o de 150 a 300 euros por contribuyentes que se hayan quedado viudos en 2019, 2020 o 2021.
- Respecto a las donaciones: se dan deducciones de hasta el 15% por donativos a entidades que fomenten el uso de la lengua catalana u occitana; de hasta el 25% por donativos a entidades que fomentan el I+D+I y de hasta el 15% por donaciones a ciertas entidades que cuidan el medio ambiente.
- Por último, se encuentran otras deducciones por el pago de intereses de préstamos de estudios de máster y doctorado, de hasta el 50% por inversiones de business angel y por la obligación de presentar la declaración al tener más de un pagador, como por cobros del SEPE.
Para obtener más información sobre estas deducciones y otras, en Legaltic ofrecemos servicio de administradores de fincas en Vilanova i la Geltrú y alrededores, ofreciendo asesoramiento y tramitación de las mismas.