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Cómo proceder cuando un vecino no paga la comunidad

La morosidad en las comunidades de vecinos es un problema bastante habitual, especialmente en edificios de gran tamaño en los que las cuotas de la comunidad tienen un importe elevado.

En estos casos, independientemente de los motivos que lleven al impago de las cuotas de la comunidad, es conveniente saber qué hacer.

¿Qué hacer con la gente que no paga comunidad de vecinos? La mediación como primera medida

Aunque es posible reclamar judicialmente las cuotas de la comunidad impagadas, lo mejor es agotar la vía amistosa e intentar que el vecino moroso pague voluntariamente las cantidades pendientes de pago. Es por ello por lo que son muchas las comunidades de propietarios que deciden apostar por la mediación, ya que es una forma de solucionar el conflicto de forma extrajudicial, sin necesidad de ir a juicio.

Sin duda, la mediación es una buena opción para solucionar el problema de cuotas de la comunidad impagadas, ya que es una solución más rápida, menos costosa y menos compleja que la vía judicial. Esta medida, además, permite acordar con el vecino moroso un calendario de pagos, de forma que sea más sencillo para el interesado cumplir con su obligación.

¿Cuánto tiempo se puede estar sin pagar a la comunidad?

Lo cierto es que no existe un mínimo de cuotas de la comunidad impagadas a partir del cual se considere a un vecino moroso. De hecho, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal, el impago de las citadas cuotas conlleva importantes consecuencias para el vecino moroso.

Se debe tener en cuenta, además, que las deudas con la comunidad de propietarios tienen un plazo de prescripción de 5 años. Así lo ha acordado el Tribunal Supremo en su jurisprudencia, aplicando el plazo del artículo 1966.3 del Código Civil a este tipo de deudas.

¿Qué pasa si no pago las cuotas de la comunidad?

El impago de las cuotas de la comunidad tiene algunas consecuencias previstas en la Ley de Propiedad Horizontal, entre las que se encuentran las siguientes:

  • Prohibición de ejercer el derecho al voto: el vecino que no se encuentre al corriente de pago de las cuotas de la comunidad no podrá votar en las juntas de propietarios. No obstante, este sí podrá asistir a estas reuniones y opinar.
  • Ser reclamado judicialmente o extrajudicialmente: es posible que, ante el impago de las cuotas de la comunidad, el vecino que no ha hecho frente al pago de estas pueda ser reclamado judicial o extrajudicialmente. En el primer caso, el vecino moroso deberá asumir el gasto que conlleva todo proceso judicial. No obstante, también son muchas las comunidades de propietarios que deciden apostar por la mediación, intentando resolver el problema de forma extrajudicial.

Como se puede observar, el vecino moroso no podrá votar en las juntas de propietarios, si bien el impago de las cuotas de la comunidad no le impide usar y disfrutar de los elementos comunes de la finca.

¿Cómo reclamar a un vecino moroso?

Las comunidades de propietarios, de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal, tienen la posibilidad de reclamar las cantidades impagadas de cualquier vecino en concepto de cuotas o gastos comunitarios. Así pues, cuando no se ha podido llegar a un acuerdo amistoso con el vecino moroso con el objetivo de liquidar la deuda, la comunidad de propietarios podrá recurrir a la vía judicial.

En este caso, será necesario interponer la correspondiente demanda de juicio monitorio, un procedimiento judicial especialmente pensado para la reclamación de deudas de cuantía no muy elevada.

Una vez interpuesta la demanda, el vecino moroso dispondrá de un plazo de 20 días para atender el requerimiento de pago o para oponerse a dicha demanda en caso de no estar de acuerdo con la reclamación. Es en este segundo caso cuando se pasa a un procedimiento de ejecución en virtud del cual se le embargarán los bienes y cuentas al vecino moroso con el fin de satisfacer la deuda que tiene con la comunidad.

En definitiva, las comunidades de propietarios que estén sufriendo los impagos de cuotas de algún vecino podrán acudir a la mediación y, en caso de que esta no surta efecto, podrá acudir al juicio monitorio, un procedimiento judicial que consigue una satisfacción relativamente rápida de la deuda, si bien este puede prolongarse durante meses.

Este tipo de procedimientos constituye una de las responsabilidades que resulta conveniente delegar en un administrador de fincas, quien se encargará de ejecutar todas las diligencias pertinentes, proporcionando así a la comunidad un ahorro considerable de tiempo y preocupaciones. En caso de que su comunidad se vea afectada por problemas de morosidad, le instamos a ponerse en contacto con nosotros para brindarle la asistencia necesaria y resolver la situación de manera satisfactoria.

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