El continuo crecimiento de los apartamentos turísticos impulsado por el aumento de turistas año tras año ha hecho que el Gobierno quiera establecer límites a este tipo de inmuebles. Por ello, en Legaltic hemos preparado un post para que pueda conocer al detalle la relación entre las comunidades de propietarios y los apartamentos turísticos con la futura normativa.
Nos gustaría destacar que en Legaltic contamos con un servicio de administración de fincas que está siendo un referente en Vilanova i la Geltrú (Barcelona). Por ello, no dude en solicitar asesoramiento ante la problemática de los apartamentos turísticos.
¿Cuáles son los problemas de los apartamentos turísticos?
La continua afluencia de apartamentos turísticos en las zonas céntricas de las ciudades ha hecho proliferar los numerosos problemas que causan:
- Ruido y molestias a los vecinos por la persistente entrada y salida de personas del edificio. Estos hechos afectan a todo tipo de inmuebles, no obstante, es más molesto en urbanizaciones con zonas comunes.
- Los problemas de convivencia también son muy habituales y forman parte de la mayoría de las quejas. La música alta, los gritos o las peleas alteran el bienestar de los vecinos.
- También hay una creciente inseguridad debido a la entrada y salida de personas que no son propietarias o cercanas al núcleo de convivencia.
No obstante, el problema más grave radica en que la población local se ve profundamente afectada por el aumento del precio de la vivienda. También por la escasez de oferta.
Cambios normativos
La presión social ha hecho que el Gobierno, más concretamente el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, anuncie una serie de cambios normativos para intentar paliar la situación. A pesar de que todavía no están aprobados, ya se conocen algunos detalles que merecen ser explicados.
En primer lugar, se prevé una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Será una reforma puntual o también llamada “quirúrgica” para que sea la opinión de los vecinos la que determine si se debe implantar esta actividad económica en la finca. En definitiva, se trata de garantizar el derecho de autorización o de veto. Cabe recordar en este sentido que la LPH ya introduce esta posibilidad, pero solo en el sentido de “limitar” o “condicionar”, y no de prohibir como se pretende ahora. No obstante, esta última apreciación está sujeta a la interpretación de los tribunales de justicia.
En segundo lugar, también está prevista la creación de una plataforma de carácter estatal en la que quedarán registrados todos los inmuebles que se alquilen en modalidad turística. Este registro viene impuesto por una directiva europea, aunque se establece como límite para su aprobación hasta el mes de diciembre de 2026.
Y, en último lugar, los contratos temporales también se legislarán en el real-decreto que está preparando el Gobierno. Es, sin duda alguna, la reforma más importante, puesto que se pretende evitar que los arrendadores esquiven las restricciones de los contratos habituales los que están regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El motivo es que los alojamientos de temporada no se rigen por la citada normativa, sino por normas comunes de Derecho Civil. En la reforma es posible que se incluya la propia definición de causalidad, los contratos que pueden adscribirse a esta tipología o qué condiciones se deben exigir a estos inmuebles, entre otros detalles.
Las viviendas turísticas y los administradores de fincas
Los administradores de fincas juegan un papel clave ante los crecientes problemas por la afloración de pisos turísticos. Son muchas las medidas que se pueden adoptar en el seno de una comunidad de propietarios para que la convivencia y el bienestar sea la máxima entre turistas y vecinos. Pongamos algunos ejemplos de las prácticas que puede llevar a cabo un administrador de fincas ante esta problemática:
- Entregar a los huéspedes toda la información relativa a las normas de la comunidad en referencia a los ruidos, el uso correcto de zonas (piscinas, terrazas, gimnasio, etc.). También se les debe advertir sobre la prohibición del depósito de basura en zonas prohibidas.
- Promover el respeto de las horas de sueño, así como de la normativa municipal correspondiente. Asimismo, también hay que informar a los turistas de los comportamientos poco decorosos o estéticos como, por ejemplo, colgar ropa de los balcones.
- Intermediación con el propietario de la vivienda para la instalación de un medidor de sonido en caso de que se sobrepasen los límites establecidos por las normas. Por otra parte, también se puede prohibir expresamente la realización de fiestas en la vivienda.
En resumen, la polémica entre las comunidades de propietarios y los apartamentos turísticos no ha hecho más que empezar. Por lo tanto, contratar a un administrador de finca con experiencia como nosotros, Legaltic, es la opción más segura. Contacte con nosotros para recibir asesoramiento o para que le enviemos un presupuesto sobre administración de fincas sin ningún tipo de compromiso.